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MODELO 347: ¿QUÉ OPERACIONES HAY QUE DECLARAR?

Coworking HUB RIBES MODELO 347 QUÉ OPERACIONES HAY QUE DECLARAR

Hay que presentar esta declaración si el importe total de las operaciones realizadas con un tercero supera la cantidad de //3.005,06// € (impuestos incluidos), separando las entregas y adquisiciones de bienes y servicios. El plazo de presentación para el ejercicio 2021 finaliza el próximo 28 de febrero de 2022.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

  • Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y comunidades de bienes que desarrollen actividades empresariales o profesionales.
  • Sociedades, asociaciones, colegios profesionales y otros, que cobren honorarios profesionales o derechos por cuenta de sus socios-asociados.

¿Quién está excluido?

  • Autónomos y sociedades en los que la suma de operaciones con un tercero no supere la cifra de //3.005,06// € en un año natural (impuestos incluidos).
  • Quién realice su actividad económica en España sin tener aquí su domicilio fiscal o establecimiento permanente.
  • Personas físicas que tributen en Estimación Objetiva.
  • Autónomos y sociedades que presenten los Libros de Registro a la Agencia Tributaria por el sistema SII.

En HUB RIBES estamos a vuestra disposición para ampliar estas informaciones, así como cualquier otra, en los ámbitos de contabilidad; fiscal; laboral, autónomos, etc… en el caso que sea de vuestro interés. No dudéis en poneros en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico (info@hubribes.com) o nuestro móvil 646-702-178. Disponemos de diferentes tarifas de servicios para poder cubrir todas las necesidades.

 

 

 

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